Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1325/2014
Fecha: 30-Jun-2014
Fragmento 11
El accionante sostiene que la autoridad judicial demandada lesionó sus derechos fundamentales, por dilatar indebida e injustificadamente la celebración de la audiencia de consideración de cesación de su detención preventiva, con señalamientos dispuestos fuera de los plazos razonables, así como con la suspensión injustificada de las audiencias previamente señaladas y por motivos que son ajenos a su voluntad.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la acción de libertad traslativa o de pronto despacho y las solicitudes de cesación de la detención preventiva
- Fragmento 11
- III.2. Análisis del caso concreto
- tendrá derecho a ser juzgada dentro de un plazo razonable
- o de otro carácter
- CONFIRMAR
- 3° Exhortar