Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1349/2014
Fecha: 30-Jun-2014
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 628/2013 de 18 de diciembre, cursante de fs. 849 a 853, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Susana Judith Rojas Rendón en representación legal de “Futuro de Bolivia” S.A. Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) contra Carlos Bernal Tupa, ex Vocal, Rodrigo Erick Miranda Flores y Humberto Ortega Martínez, Vocales, todos de la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca; y, Misael Willy Valda Cuellar, Juez Segundo de Partido del Trabajo y Seguridad Social, Administrativo Coactivo Fiscal y Tributario del mismo departamento.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- 1)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- i)
- concedió parcialmente
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.1. El derecho a una resolución fundamentada y motivada como componente esencial del debido proceso. Jurisprudencia reiterada
- toda autoridad que conozca de un reclamo, solicitud o que dicte una resolución resolviendo una situación jurídica, debe ineludiblemente exponer los motivos que sustentan su decisión, para lo cual, también es necesario que exponga los hechos establecidos, si la problemática lo exige, de manera que el justiciable al momento de conocer la decisión del juzgador lea y comprenda la misma,
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR