SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1349/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1349/2014

Fecha: 30-Jun-2014

III.2.  Análisis del caso concreto

La representante de “Futuro de Bolivia” S.A. AFP -entidad hoy accionante-alega la vulneración de los derechos al debido proceso en sus elementos de debida valoración de la prueba y fundamentación de las resoluciones, por cuanto el Juez ahora codemandado, emitió el Auto definitivo 19/12, que resolvió declarar probadas las excepciones de pago documentado e inexistencia de pago a favor del Poder -actual Órgano- Judicial, decisión que fue confirmada por los Vocales demandados a través de Auto de Vista 232/2013, mismo que carece de una debida fundamentación, ya que no resuelve todos los agravios alegados en su recurso de alzada ni corrige la errónea valoración de la prueba efectuada por el Juez de primera instancia.

En el presente caso, cabe establecer que el análisis se limitará al examen de la Resolución de alzada, ello debido a que son los Vocales los llamados a revisar, de acuerdo a los principios de pertinencia y congruencia, las resoluciones emitidas por los jueces en primera instancia; marco dentro del cual, corresponde pronunciarse directamente sobre el fallo de segunda instancia, pues es a través de ésta que se deben analizar los supuestos de vulneración de derechos fundamentales en que pudieran haber incurrido los jueces, cuya resolución se conoce en apelación.