SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1365/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1365/2014

Fecha: 07-Jul-2014

es así que otras formas de procesamiento indebido, no pueden ser tuteladas por la presente acción de defensa, debiendo reclamarlas en el ámbito de la acción del amparo constitucional.

Por consiguiente la acción de libertad  tratándose de medidas cautelares de carácter personal, sólo se activa ante un procesamiento indebido cuando esté relacionado directamente con la amenaza, restricción o supresión de la libertad física o de locomoción, se hubieren agotado todos los medios de defensa intraprocesales; salvo, que al actor se le hubiere colocado en un absoluto estado de indefensión, caso en el cual no es exigible la observancia del principio de subsidiariedad excepcional que rige a la acción de libertad, es así que otras formas de procesamiento indebido, no pueden ser tuteladas por la presente acción de defensa, debiendo reclamarlas en el ámbito de la acción del amparo constitucional.