SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1367/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1367/2014

Fecha: 07-Jul-2014

Fragmento 17

              Habiendo determinado en el Fundamento Jurídico anterior que, no concurren las causales de improcedencia por subsidiariedad e inmediatez; corresponde referirse a otro aspecto también cuestionado por la autoridad demandada así como por el Tribunal de garantías, en sentido que el representante de la empresa accionante, inobservó un requisito esencial para la interposición de su acción de defensa, al no haberla formulado contra los directos responsables de la inhabilitación registrada en el SICOES, cuestionada a través de la presente acción de amparo constitucional; incurriendo en falta de legitimación pasiva en su demanda tutelar, al dirigirla contra el Rector de la UMRPSFXCH, quien no tuvo conocimiento del proceso de contratación, al no ser el responsable designado, menos del registro impugnado.