SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1367/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1367/2014

Fecha: 07-Jul-2014

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante denuncia la vulneración de los derechos de la empresa que representa, al trabajo, a la libertad de ejercicio del comercio y la industria, al debido proceso, además del principio de legalidad y de las garantías de “juicio previo” y del ne bis in ídem, alegando que mediante RA-RPA 259/2012 de 28 de diciembre, CITER Ltda., se adjudicó la licitación pública “Contratación de servicios de diseño final del proyecto integral técnico económico social y ambiental 'TESA' construcción del hospital Biomédico para la UMRPSXCH”; empero, posteriormente, por RA-RPA 12/2013 de 30 de enero, se declaró desierto el proceso de contratación de referencia, por no haber presentado la empresa toda la documentación requerida, procediéndose a la ejecución de la boleta de garantía de seriedad de propuesta y después a la inhabilitación para participar en procesos de contratación con entidades estatales por el lapso de un año, sin que la Resolución Administrativa citada hubiera dispuesto aquello, siendo pasibles de una doble sanción, sin sustento normativo alguno, dado que la declaratoria desierta no se halla establecida como causal de inhabilitación en el marco de lo previsto en el art. 43 inc. i) de las NBSABS; “vía de hecho” que no fue reparada por la autoridad demandada, quien pese a avocarse el conocimiento de los reclamos que efectuó la empresa que representa, deslindó su responsabilidad sobre el tema, con la emisión de la nota RECT 0837 de 7 de noviembre de 2013.