Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1537/2014
Fecha: 16-Jul-2014
a)
Solicita se le conceda la tutela, declarando: a) Nulas las siguientes resoluciones: Auto 28/12 de 20 de abril de 2012, Auto 112/12 de 17 de agosto de 2012, Auto de Vista 31/2013 de 22 de febrero y Auto complementario 88 de 10 de mayo de 2013; b) Se ordene que dentro la tramitación del “incidente” promovido por Sergio Guillermo Maldonado Arancibia, de conformidad al art. 152 del CPC, se abra un plazo probatorio común a las partes y luego del trámite de ley se dicte nuevo Auto, debidamente fundamentado y motivado; y, c) Se condene en costas.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.4.
- II.7.
- Fragmento 10
- el objeto
- III.1. La acción de amparo constitucional. Su configuración constitucional
- III.2. El debido proceso y los principios de fundamentación, motivación en las resoluciones
- III.2.1. Fundamentación y motivación de las resoluciones
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR