SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1537/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1537/2014

Fecha: 16-Jul-2014

el objeto

En este estado de cosas, corresponde ahora precisar con claridad el objeto y causa de la presente acción; en ese orden, se tiene que el objeto de la activación de este mecanismo de defensa, es la petición de tutela constitucional para el resguardo de los derechos a la defensa, al debido proceso y a la tutela judicial efectiva; asimismo, la causa; es decir, el acto denunciado como lesivo a los derechos de la parte accionante, en el caso concreto, constituye el pronunciamiento del Auto 28/12 de 20 de abril de 2012, que resolvió el incidente formulado por Sergio Guillermo Maldonado Arancibia, levantando la anotación preventiva sobre la matrícula 7.01.1.06.0090309 con el argumento de no ser parte en el proceso; Auto 112/12 de 17 de agosto de 2012, de rechazo a la reposición formulada; Auto de Vista de 22 de febrero de 2013, que convalido la actuación de la Jueza de instancia, confirmando dicho fallo, con la agravante de constituir una resolución carente de fundamentación y motivación, pues el fallo no se refirió a todos los puntos cuestionados en el recurso de apelación alternativa; y el Auto complementario de 10 de mayo de 2013, que declaró sin lugar a la solicitud de complementación y enmienda del Auto de Vista impugnado.