Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
En revisión la Resolución 09/2014 de 30 de enero, cursante de fs. 48 a 50, pronunciada dentro de la
Fecha: 29-Ago-2014
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
El accionante estima lesionados sus derechos a la defensa, al debido proceso, a la libertad física, personal y de locomoción, a una justicia plural, pronta, oportuna, gratuita transparente y sin dilaciones y a la petición, vinculados con los derechos a la vida y a la salud, citando al efecto los arts. 23.I, 24, “110.I y II”, “114.I”, 115, 116.I, 117.I y III, 119 y 120.I de la Constitución Política del Estado (CPE).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.1. La subsidiariedad excepcional en la acción de libertad
- Cuando existe
- III.2.1. Respecto al procesamiento indebido alegado
- las denuncias referidas a procesamiento indebido
- III.2.2. Respecto al rechazo de la solicitud de cesación de detención preventiva
- CONFIRMAR