Juristeca
Juristeca País
    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1592/2014
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1592/2014

    Fecha: 19-Ago-2014

    Error al cargar el documento

    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Aldo Burgos Calvo
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • I.2.3. Intervención de los terceros interesados
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.11.
    • II.12.
    • II.13.
    • II.14.
    • II.15.
    • i)
    • III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
    • III.2.La fundamentación de las resoluciones judiciales y el derecho al debido proceso
    • 'El razonamiento expuesto, no implica que la exposición deba ser exagerada y abundante de consideraciones, citas legales y argumentos reiterativos, al contrario, una debida motivación conlleva que la resolución sea concisa, clara e integre todos los puntos demandados, debiendo expresar la autoridad jurisdiccional o en su caso administrativa, las razones determinativas que justifican su decisión, exponiendo los hechos, realizando la fundamentación legal y citando las normas que sustentan las parte dispositiva de la resolución asumida
    • Fragmento 19
    • el amparo constitucional no procederá contra actos consentidos libre y expresamente.
    • III.4.Análisis del caso concreto
    • En cuanto al Juez Primero de Partido en lo Civil y Comercial de El Alto
    • En cuanto al Juez Segundo de Partido en lo Civil y Comercial de El Alto
    • En cuanto a los Vocales de la Sala Civil y Comercial Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz
    • conceder en parte
    • REVOCAR

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca