SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1593/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1593/2014

Fecha: 19-Ago-2014

correctiva

         La SCP 1579/2004-R de 1 de octubre, expresó que la acción de libertad correctiva “…protege al detenido de aquellas condiciones que agravan en forma ilegítima la detención, violando su condición humana. A través de este recurso, se garantiza el trato humano al detenido, establecido en las Convenciones Internacionales de Derechos Humanos(las negrillas son ilustrativas), agregando que dentro de este tipo de acción, también están comprendidos los siguientes supuestos: otras violaciones que tengan relación con la libertad personal en cualquiera de sus formas y los hechos fueran conexos con el acto motivante de la acción, por constituir su causa o finalidad; la demora en la celebración de la audiencia de medidas cautelares citando las SSCC 1109/2004-R, 1921/2004-R; notificaciones ilegales con las resoluciones de medidas cautelares que lesionan el derecho a la defensa, concretamente el derecho a recurrir, impidiendo que el tribunal superior revise la resolución del inferior citando la SC 0826/2004-R de 27 de mayo; los casos en que se ha demorado la efectividad de la libertad, pese a que el imputado cumplió con las medidas sustitutivas citando las SSCC 1477/2004-R, 046/2007-R.