Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1619/2014
Fecha: 19-Ago-2014
concedió
La Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, por Resolución 13/2014 de 6 de febrero, cursante de fs. 33 a 36, concedió la tutela solicitada, determinando dejar sin efecto la Resolución 207/2013 de 11 de diciembre, debiendo las autoridades demandadas emitir una nueva Resolución debidamente motivada, fundamentada y en relación a lo expuesto en los fundamentos de la apelación que oportunamente dedujo el accionante en audiencia de 11 de diciembre de 2013. Igualmente, se señala que no se dispone la libertad del accionante, toda vez que ello corresponde al juez a quo o en su caso al ad quem.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió
- 1)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- iii)
- iv)
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La exigencia de fundamentación de las resoluciones
- la motivación no implicará la exposición ampulosa de consideraciones y citas legales
- es imprescindible que dichas Resoluciones sean suficientemente motivadas y expongan con claridad las razones y fundamentos legales que las sustentan y que permitan concluir, que la determinación sobre la existencia o inexistencia del agravio sufrido fue el resultado de una correcta y objetiva valoración de las pruebas
- III.2. Análisis del
- 1° REVOCAR en parte
- 2°