SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1654/2014
Fecha: 29-Ago-2014
CONFIRMAR en parte
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera, en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional, en revisión, resuelve: CONFIRMAR en parte la Resolución 35/2013 de 15 de noviembre, cursante de fs. 219 a 220 vta., pronunciada por la Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz; y en consecuencia, CONCEDER en parte disponiendo que en el plazo de setenta y dos horas se emita una respuesta debidamente fundamentada en la cual se disponga su graduación inmediata en el caso de verificarse el cumplimiento de todos los requisitos académicos; asimismo, se evalúe los mecanismos de compensación. Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- Fragmento 4
- a)
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- II.1.1.
- II.1.2.
- II.2.
- II.2.1.
- II.3.1.
- II.4.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Alcances del derecho de petición
- '
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 20
- CONFIRMAR en parte