SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1654/2014
Fecha: 29-Ago-2014
II.1.1.
II.1.1. Por Resolución del Consejo Superior 174/11 sobre el Caso 349 de la 25 va. Reunión del “CSI” de 8 de diciembre de 2011, se resolvió: “I. Excepcionalmente y en cumplimiento de la reglamentación vigente en el instituto, proceder a la BAJA DEL COLEGIO MILITAR CON DERECHO A REINCORPORACIÓN DE LOS SIGUIENTES CADETES DEL QUINTO AÑO MILITAR: (…) OSWALDO GUTIÉRREZ LÓPEZ -ahora accionante-(…), debiendo los mismos retomar una vez probada su absolución o sobreseimiento del proceso, mediante sentencia ejecutoriada, todo con la finalidad de impedir que las limitaciones de alguna de las partes puedan desembocar en una situación de indefensión prohibida por la Constitución y la jurisprudencia del Tribunal Constitucional. Todo en cumplimiento del Título IV art. 43 inc. B num. 1 y 4 del Reglamento -de 2009 a 2012− de Régimen Disciplinario RA-COL MIL-01-02…” (sic) (fs. 7 a 10 y 188 a 191).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- Fragmento 4
- a)
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- II.1.1.
- II.1.2.
- II.2.
- II.2.1.
- II.3.1.
- II.4.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Alcances del derecho de petición
- '
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 20
- CONFIRMAR en parte