SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1664/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1664/2014

Fecha: 29-Ago-2014

I.2.2.

Rodrigo Erick Miranda Flores, Vocal de Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, mediante su informe cursante a fs. 25 y vta., manifestó que cuando se cuestiona la interpretación de la legalidad ordinaria, se deben cumplir ciertos requisitos ampliamente desarrollados por la jurisprudencia constitucional, en el sentido de que la actuación del Tribunal de garantías, se ve limitada en cuanto al análisis de la legalidad ordinaria (SCP 0695/2012 de 2 de agosto, que invoca la SC 1748/2011-R de 7 de noviembre), aplicando el mismo criterio en cuanto a la valoración de la prueba, labor que es exclusiva de los jueces ordinarios, a menos de que se salven algunos requisitos mínimos consignados en la jurisprudencia citada.