SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1664/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1664/2014

Fecha: 29-Ago-2014

III.3.  El derecho al debido proceso, su protección vía acción de libertad

El debido proceso, es una garantía consagrada en nuestra norma fundamental, que asegura a toda persona, un proceso en el que se observe y se cumpla correctamente todas las normas adjetivas y sustantivas aplicables al caso en concreto; llega a ser una garantía que asegura una certidumbre respecto al desarrollo de una causa administrativa o judicial, entre sus principales elementos se encuentran, el derecho a la igualdad procesal de las partes; el derecho a un proceso público; derecho al juez natural; derecho a no declarar contra sí mismo; garantía de presunción de inocencia; derecho a la comunicación previa de la acusación; derecho a la defensa material y técnica; concesión al inculpado del tiempo y los medios para su defensa; derecho a ser juzgado sin dilaciones indebidas; derecho a la congruencia entre acusación y condena; el principio del non bis in idem; derecho a la valoración razonable de la prueba; derecho a la motivación y congruencia de las decisiones.