SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1672/2014
Fecha: 29-Ago-2014
a)
El abogado del accionante ratificó la demanda de acción de libertad y amplió la misma en los siguientes términos: a) El 16 de julio de 2013, se presentó un certificado obtenido previo requerimiento fiscal, en el que se evidencia que el imputado se encontraba arraigado desde el 2008, documento que resultó ser insuficiente, siendo un petitorio excesivo pedir un flujo migratorio, cuando ya se encontraba arraigado; y, b) Al considerar como delito de lesa humanidad, los ilícitos vinculados con la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas, se coloca al accionante en completa indefensión, dando lugar a que sea imposible desvirtuar ese riesgo procesal que ha sido modulado a través de la SCP 0104/2013 de 22 de enero.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- el tribunal que resuelve la apelación de medidas cautelares o cesación a la detención preventiva
- III.2. Análisis del caso concreto
- “no enerva lo que se ha señalado para la concurrencia de éste riesgo en cuanto al imputado involucrado en el delito de tráfico de sustancias controladas, que se constituye en un delito de lesa humanidad, sería una circunstancia que hace ver que el imputado está en riesgo de fuga”
- REVOCAR