Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0330/2014-CA
Fecha: 17-Sep-2014
Juez Décimo Segundo de Partido en lo Civil
En consulta la Resolución 1036 de 14 de octubre de 2008, cursante a fs. 198 y vta., pronunciada por el Juez Décimo Segundo de Partido en lo Civil y Comercial del departamento de Santa Cruz de la Sierra, por la que rechaza el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad -acción de inconstitucionalidad concreta- interpuesta por Octavio Trino Collazos y Ninfa Antezana Orellana apoderados legales de Freddy Alberto Chávez Chavalier y Roberta Lucas Gerónimo de Chávez, demandando la inconstitucionalidad del art. 514 del Código de Procedimiento Civil (CPC), por ser presuntamente contrario al art. 16 de la Constitución Política del Estado (CPE abrogada).
- Juez Décimo Segundo de Partido en lo Civil
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- a)
- rechazó
- II.2. Aplicación de la Ley del Tribunal Constitucional ―Ley 1836 de 1 de abril de 1998― para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3. Requisitos de admisibilidad
- 2. El precepto constitucional que se considera infringido.
- Fragmento 8
- II.4.
- POR TANTO
- 1º APROBAR
- 2º