Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 01898/2014
Fecha: 25-Sep-2014
a)
Joaquín Antonio Iriarte Gastelú, Juez Primero de Instrucción en lo Penal de Riberalta del departamento de Beni, presentó su informe de fs. 10 y vta., que señala: a) Existe un proceso penal contra el accionante instaurado a denuncia de Harold Miguel Claure Lens, por la presunta comisión del delito de estafa; b) El 12 de marzo de 2014, se llevó a cabo la audiencia de medidas cautelares, donde se resolvió la detención preventiva del imputado, determinación que no fue apelada; y, c) La SCP 0279/2013 indica que no pueden existir dos acciones de libertad con el mismo objeto y sujeto, situación que se da en el caso presente, por lo que solicitó que se multe a la abogada del accionante.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- UN AÑO
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- i)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica y alcances de la acción de libertad
- Fragmento 15
- III.2. De la forma de hacer cumplir las determinaciones asumidas en resoluciones de acciones de libertad
- III.3.Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR