SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 01898/2014
Fecha: 25-Sep-2014
III.3.Análisis del caso concreto
En autos, el accionante denuncia claramente que el Juez ahora demandado no cumplió con la Resolución 002/2014 de 10 de marzo, la cual concedió la tutela solicitada en una acción de libertad previamente interpuesta por éste contra el referido Juez, situación que implica que la presente acción de libertad pretende ser utilizada para hacer cumplir aquella Resolución inicial de acción de libertad, en cuyo mérito y por lo desarrollado en el Fundamento Jurídico III.2 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, no es posible atender dicha denuncia, pues existen otros mecanismos para lograr el cometido del accionante, como ya se tiene previsto en la jurisprudencia citada en el referido Fundamento Jurídico.
Es por ello, que no se puede ingresar a realizar un análisis mayor respecto a la presente acción constitucional, debiendo el accionante proceder de acuerdo a lo previsto en la ley y la jurisprudencia citada aclarando que también fenecía la oportunidad de apelar la resolución que dispuso su detención preventiva conforme al art. 251 del CPP.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- UN AÑO
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- i)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica y alcances de la acción de libertad
- Fragmento 15
- III.2. De la forma de hacer cumplir las determinaciones asumidas en resoluciones de acciones de libertad
- III.3.Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR