SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 01898/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 01898/2014

Fecha: 25-Sep-2014

II.3.

II.3.  Mediante Resolución 002/2014 de 10 de marzo, la Jueza Segunda de Instrucción en lo Penal de Riberalta del departamento de Beni, constituida en Jueza de garantías, concedió la tutela solicitada dentro de la acción de libertad interpuesta por el ahora accionante contra Joaquín Antonio Iriarte Gastelú y Edwin Arce Vaca, Juez Primero de Instrucción en lo Penal y Fiscal de Materia, respectivamente, por vulneraciones que se hubieran cometido en la audiencia de medidas cautelares de 8 de marzo de 2014, disponiendo la anulación del acta de dicha audiencia, “toda vez que se desconoce cualquier medida cautelar impuesta al Imputado hoy accionante” (sic), ordenándose su libertad irrestricta, asimismo, se realice una nueva audiencia cautelar en el término de veinticuatro horas, a efectos de resolver la situación jurídica del imputado. Los fundamentos para dicha decisión fueron: 1) El Juez demandado no fundamentó debidamente su disposición de aplicar medidas cautelares contra el accionante, restringiendo su derecho a recurrir o impugnar la Resolución; y, 2) La detención preventiva no procede cuando la pena mínima es de un año y el delito por el cual el imputado es procesado es por estafa, cuya pena mínima es de un año de reclusión, por lo que la detención preventiva del accionante es ilegal en toda forma, violando los arts. 224 y 226 del CPP (fs. 48 a 50 vta.).