Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 1725/2014
Fecha: 05-Sep-2014
i)
Edwin Arce Vaca, Fiscal de Materia, ahora demandado, expresó: i) Extraña de sobremanera a su autoridad la presente acción; ii) En los actuados procesales se puede evidenciar que se cumplió el procedimiento y se actuó con la verdad; y, iii) Se libró mandamiento contra el imputado porque jamás se lo encontró; posteriormente y de acuerdo a procedimiento, se puso a conocimiento de la autoridad competente.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la finalidad y los alcances de la acción de libertad
- III.2. El Juez cautelar como contralor de la investigación
- III.3. Sobre las ordenes de aprehensión fiscal y su fundamentación
- III.4. Aprehensiones supuestamente ilegales e imposición de detención preventiva
- al juez no le está permitido convalidar los actos en los que se vulneraron esos derechos; al contrario, tiene el deber, impuesto por la norma antes transcrita, de pronunciarse sobre la legalidad de los mismos;
- si el delito imputado tiene una pena privativa de libertad cuyo mínimo legal es igual o superior a dos años
- III.5. Análisis del caso concreto
- cuyo mínimo legal sea igual o superior a dos años…
- CONFIRMAR en todo