SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1752/2014
Fecha: 05-Sep-2014
II.1.
II.1. El Juez Primero de Sentencia Penal del departamento de La Paz, constituido en Juez de garantías, por Resolución 024/2013 de 28 de agosto, concedió la tutela solicitada mediante acción de libertad, “…disponiendo que una vez cumplida con la audiencia de juicio en la ciudad de Santa Cruz, el primer día hábil de su retorno (02 de Septiembre de 2013), remita la apelación interpuesta por Zvonko Matkovic Ribera, ante el Tribunal de Alzada…” (sic), en razón a que las autoridades demandadas, no hubiesen remitido la apelación interpuesta en la audiencia de 16 de agosto de 2013, porque la apelación estaba arrimada al cuaderno principal que estaba en Santa Cruz, dentro la tramitación del juicio oral (fs. 41 a 42 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza Jurídica de la acción de libertad
- III.2. Sobre la identidad de sujeto, objeto y causa en acción de libertad
- III.2.1. Los expedientes
- Fragmento 14
- SCP 0815/2014 de 30 de abril
- Fragmento 16
- III.3.1. Identidad de sujeto, objeto y causa en relación a los expedientes 04588-2013-10-AL y 05277-2013-11-AL
- III.3.2. Respecto a la Resolución 054/2013 de 14 de octubre, emitida sin escucharse a las partes y sin llamarse a audiencia
- III.3.3. De la dilación indebida percibida en la emisión de la Resolución 054/2013
- CONFIRMAR en todo