SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1762/2014
Fecha: 15-Sep-2014
Fragmento 20
El 30 de abril de 2014, cursante de fs. 208 a 209, el accionante Hugo Monzón Castillo denuncia que en la página web vía internet del Tribunal Constitucional Plurinacional figura el apersonamiento en calidad de tercero interesado de Félix Tapia Blanco, quien presentó memorial de impugnación contra la Resolución 041/2014, venida en revisión. Sin embargo, se advierte la ilegalidad de dicho escrito, dado que Félix Tapia Blanco evacuó un informe el 14 de igual mes y año en el que afirma que el referido memorial de impugnación no fue firmado por su persona ni autorizó para que suscriban a nombre suyo. Por tanto, pide que se remitan antecedentes al Ministerio Público para la respectiva investigación.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- la INEXISTENCIA DE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA en contra de Hugo Monzón Castillo
- a)
- En aplicación del Art. 21 inc. e) del D.S. 23318-'A', de acuerdo a la relación del expediente, se establece la EXISTENCIA DE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA en contra de HUGO MONZON CASTILLO, por contravención AL Art. 41 Num. 5) y Art. 42 Num. 3 y 5 del Reglamento Interno de la Institución; Art. 3 del Reglamento de Responsabilidad por la Función Pública, así como también el Art. 28 de la Ley 1178
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación de la acción
- 1)
- concedió
- II.1
- II.4
- II.5
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- «
- III.2. Derecho al debido proceso
- III.3. El contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada y congruente como elemento constitutivo del debido proceso. Jurisprudencia reiterada
- Fragmento 18
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 20
- CONFIRMAR