SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1762/2014
Fecha: 15-Sep-2014
la INEXISTENCIA DE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA en contra de Hugo Monzón Castillo
El segundo proceso administrativo culminó con la Resolución GMA-002/2013 de 1 de febrero, determinándose “la INEXISTENCIA DE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA en contra de Hugo Monzón Castillo…” (sic). Sin embargo, el tercer proceso administrativo interno 033/2012 de 3 de diciembre, se inició en su contra por supuestas irregularidades, pero el Juez Sumariante ahora demandado, sin tomar en cuenta la prueba aportada, emitió la Resolución de sumario administrativo GMA-003/2013 de 1 de febrero, en cuya parte dispositiva establece “…como sanción LA DESTITUCIÓN DE CONFORMIDAD CON EL Art. 29 de la Ley 1178, por haber realizado el pago de salarios con partida presupuestaria y recurso que no corresponden..." (sic). Contra dicha Resolución se presentó la respectiva impugnación, dictándose la Resolución de recurso de revocatoria GMA-R 002/2013 de 3 de abril, por la que el Juez Sumariante resolvió: “CONFIRMAR la Resolución de Sumario Administrativo No. GMA-0033/2013…” (sic), por lo que interpuso recurso jerárquico, y por Resolución 003/2013 de 13 de junio, se dispuso: “CONFIRMAR en todas sus partes la Resolución de Recurso de Revocatoria No. GMA-R002/2013 de fecha 03 de abril de 2013 y la Resolución Final de sumario Administrativo GMA No. 003/2013 de 1ro. De febrero de 2013…” (sic). Finalmente, agotados los medios de impugnación, se expidió el Memorándum YGYA-LP/514/2013 de 4 de septiembre, por el cual se le destituyó de las funciones que venía cumpliendo.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- la INEXISTENCIA DE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA en contra de Hugo Monzón Castillo
- a)
- En aplicación del Art. 21 inc. e) del D.S. 23318-'A', de acuerdo a la relación del expediente, se establece la EXISTENCIA DE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA en contra de HUGO MONZON CASTILLO, por contravención AL Art. 41 Num. 5) y Art. 42 Num. 3 y 5 del Reglamento Interno de la Institución; Art. 3 del Reglamento de Responsabilidad por la Función Pública, así como también el Art. 28 de la Ley 1178
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación de la acción
- 1)
- concedió
- II.1
- II.4
- II.5
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- «
- III.2. Derecho al debido proceso
- III.3. El contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada y congruente como elemento constitutivo del debido proceso. Jurisprudencia reiterada
- Fragmento 18
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 20
- CONFIRMAR