SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1778/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1778/2014

Fecha: 15-Sep-2014

'todo imputado que considere que en el curso del proceso investigativo ha sufrido una lesión de un derecho fundamental, entre ellos, el derecho a la libertad en cualquiera de las formas en que pueda sufrir menoscabo, debe impugnar tal conducta ante el juez instructor, que es el órgano jurisdiccional que tiene a su cargo el control de la investigación, desde los actos iniciales hasta la conclusión de la etapa preparatoria'

Considerando lo anterior y en relación a la autoridad competente para pronunciarse acerca de las irregularidades o vulneraciones a derechos fundamentales que pudieran darse en el transcurso o al inicio de la investigación la SC 0181/2005-R de 3 de marzo, estableció: 'todo imputado que considere que en el curso del proceso investigativo ha sufrido una lesión de un derecho fundamental, entre ellos, el derecho a la libertad en cualquiera de las formas en que pueda sufrir menoscabo, debe impugnar tal conducta ante el juez instructor, que es el órgano jurisdiccional que tiene a su cargo el control de la investigación, desde los actos iniciales hasta la conclusión de la etapa preparatoria' entendimiento ratificado por la SCP 0687/2014 de 10 de abril, entre otras” (las negrillas son nuestras).