SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1802/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1802/2014

Fecha: 19-Sep-2014

denegó

La Jueza Segunda de Sentencia Penal del departamento de La Paz, constituida en Jueza de garantías, por Resolución de 04/2014 de 12 de febrero, cursante de fs. 74 a 77, denegó la tutela solicitada, en base a los siguientes fundamentos: i) La jurisprudencia constitucional, refiere que la resolución en apelación restringida, no impide que se señale audiencia de medidas cautelares, por lo que no se advierte que las autoridades demandadas hayan realizado acto ilegal alguno; ii) Respecto a que el Tribunal Segundo de Sentencia Penal, pretendería llevar a cabo una audiencia sin cumplir las formalidades, existen medios procesales ordinarios que pueden ser utilizados; iii) Si habría existido mala aplicación de la norma procesal, esta deberá ser reclamada en apelación restringida; y, iv) De la providencia adjunta a la de audiencia de medidas cautelares de 10 de febrero de 2014, se tiene que las autoridades demandadas conminaron a los coimputados a que en caso de no asistir a la audiencia se emitiría el correspondiente mandamiento de aprehensión; empero, no se advierte su emisión, ni que esté en peligro la libertad del accionante; asimismo, el incidente de actividad procesal defectuosa se encuentra pendiente de resolución, porque recién fue corrido en traslado.