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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1820/2014
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1820/2014

    Fecha: 19-Sep-2014

    2°

    2°         En resguardo al principio de previsibilidad de la resoluciones, se dimensionan los efectos de la presente sentencia constitucional plurinacional, dejando firme y subsistente la determinación inicial, asumida por el Juez de garantías en torno a la libertad de las accionantes; siempre y cuando la situación jurídica de las mismas no hubiera cambiado.

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.3. Petitorio
    • a)
    • 1)
    • concedió parcialmente
    • II.1.
    • II.2.
    • III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
    • III.1.  Naturaleza jurídica de la acción de libertad
    • el ordenamiento jurídico no puede crear y activar recursos simultáneos o alternativos con el mismo fin sin provocar disfunciones procesales no queridas por el orden constitucional
    • no resulta compatible con el sistema de garantías previsto en el ordenamiento aludido, acudir directamente o de manera simultánea a la justicia constitucional
    • y todavía no existe aviso del inicio de la investigación,
    • III.3.
    • 1°       REVOCAR en parte
    • 2°

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