Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1851/2014
Fecha: 25-Sep-2014
II.8.
II.8. El 6 de enero de 2014, el actual accionante, impetró recurso de reconsideración ante el Pleno del Concejo Municipal, hoy demandado, solicitando la “…reconsideración sus actos administrativos, la reincorporación de mi persona como concejal titular y se anulen todos los actos contrarios a la Ley y la C.P.E.…” (fs. 39 a 40).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- . De ella emanan, por delegación, las funciones y atribuciones de los órganos del poder público
- Renuncia expresa a su mandato en forma escrita y personal
- Fragmento 18
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en parte