Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1857/2014
Fecha: 25-Sep-2014
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
El accionante estima como lesionados sus derechos fundamentales y los de su esposa a la vida y a la salud, así como al debido proceso, citando al efecto los arts. 15, 18 y 115 de la Constitución Política del Estado (CPE); 3, 25 de la Declaración Universal de Derechos del Humanos (DUDH); y 4 del Convención Americana sobre Derechos Humanos.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4
- II.5.
- II.7
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2. Sobre los derechos vulnerado invocados por el accionante
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR