Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1857/2014
Fecha: 25-Sep-2014
II.1.
II.1. Por Resolución de Directorio 07/2009, de 16 de enero, el Directorio de MUSEPOL, confirmó la Resolución de la Comisión de Prestaciones 650 de 4 de septiembre de 2008, modificándola parcialmente en sentido de que será a momento de conocer el retiro definitivo de la Policía Boliviana del asociado David Ernesto Aramayo Araoz, que se establezca el monto que le corresponde como pago correspondiente al fondo de retiro, y la suma de Bs88 783,25.- (ochenta y ocho mil setecientos ochenta tres 25/00 bolivianos), ya cobrada por el asociado corresponde a un anticipo de pago, debiendo el saldo ser cancelado cuando el socio pase definitivamente a la jubilación (fs. 4 a 6).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4
- II.5.
- II.7
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2. Sobre los derechos vulnerado invocados por el accionante
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR