Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1868/2014
Fecha: 25-Sep-2014
II.3.
II.3. A través de la Resolución 22/10 de 5 de noviembre de 2010, emitida por el Concejo del Gobierno Autónomo Municipal de Ravelo, se autorizó al ejecutivo municipal la firma del Convenio marco 056/2010, para el funcionamiento de la mancomunidad “Ravelo-Sucre” (sic), para cuyo efecto se debía viabilizar la asignación de recursos para su funcionamiento del 1% del presupuesto anual de cada municipio (fs. 12).
- acción de cumplimiento
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.2. Admisión de la acción de amparo constitucional
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de cumplimiento
- objeto de garantizar la ejecución de la norma omitida
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR