Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1868/2014
Fecha: 25-Sep-2014
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante considera que la autoridad demandada ha incumplido con la Ordenanza Municipal 110/10 de 8 de noviembre de 2010, al no responderle las notas e informes que le fueron enviados con la propuesta para la corrección de los estatutos y reglamento de la mancomunidad, no pudiendo consensuar los mismos con éste, debido a que elude su tratamiento.
- acción de cumplimiento
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.2. Admisión de la acción de amparo constitucional
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de cumplimiento
- objeto de garantizar la ejecución de la norma omitida
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR