Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1885/2014
Fecha: 25-Sep-2014
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante impugna de inconstitucionales los arts. 1, 3, 4, 8, 11, 16, 17, 40, 41, 47 y 48 de la RM 001/2014 de 2 de enero, modificada por la RM 015/2014 de 17 de enero, por infringir presuntamente los arts. 8; 9.2, 4 y 5; 13.I, II y IV; 14.II, III y IV; 17; 21.2; 46.I.1; 77; 80.I; 82.I; 90.I y II, y 91.I de la CPE.
- acción
- I.1. Contenido de la acción
- matrícula
- I.2. Admisión y citaciones
- a)
- II.1.
- II.2.
- II.2.1. “Artículo
- II.2.3. “
- 14 de febrero
- informe centralizador con la estadística de estudiantes nuevos o de primer año, en cualesquiera de las modalidades y del número de inscritos en todos los niveles en la gestión 2014
- 28 de julio del 2014
- II.2.7. “
- II.2.9. “
- I.
- II.
- IV.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de inconstitucionalidad abstracta
- III.2. Alcances del control de constitucionalidad normativo
- 1. Nombre, apellido y generales de ley de quien interpone la acción
- 4.
- III.4. Análisis del caso concreto
- IMPROCEDENTE