Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0001/2015-S2
Fecha: 05-Ene-2015
II.4.
II.4. Corre la solicitud de suspensión de audiencia de cesación a la detención preventiva de Humberto Justiniano Barba y Johanny Arredondo Prado, de 7 de enero de 2014, presentada por el Fiscal de Materia, ante la Jueza Octavo de Instrucción en lo Penal, señalando que fue notificado a hrs. 17:26 y 17:27, con la audiencia que debió llevarse a cabo el mismo día a hrs. 16:15 y 17:00; por lo que, justifica su petición en función a que las notificaciones están fuera de término (fs. 7).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- Fragmento 13
- III.2. Sobre el principio de dirección judicial del proceso
- III.3. Del principio procesal de celeridad
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR