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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0007/2015-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0007/2015-S1

    Fecha: 29-Ene-2015

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    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.3. Petitorio
    • I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
    • concedió
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.5.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • El Estado Plurinacional de Bolivia garantizará la inamovilidad laboral a las personas con discapacidad, cónyuges, padres, madres y/o tutores de hijos con discapacidad, siempre y cuando cumplan con la normativa vigente y no existan causales que justifiquen debidamente su despido.
    • en razón de su discapacidad o de la discapacidad de la persona que tenga bajo su dependencia,
    • III.2.  Normativa aplicable al despido injustificado
    • quedando así plenamente determinado que con el incumplimiento de la conminatoria por parte del empleador, el trabajador está totalmente habilitado para acudir a la jurisdicción constitucional, prescindiendo inclusive -el trabajador- de la vía judicial ante la judicatura laboral
    • no constituye una resolución que defina la situación laboral de la trabajadora o el trabajador, por cuanto el empleador puede impugnar ésta determinación en la justicia ordinaria
    • III.4.  Análisis del caso concreto
    • la conminatoria es obligatoria en su cumplimiento
    • CONFIRMAR

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