SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0007/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0007/2015-S1

Fecha: 29-Ene-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Por ese motivo, acudió al programa de defensa de los derechos de personas con discapacidad, quienes mediante nota escrita rechazaron el preaviso sobre la base de la normativa contenida en la Ley 223 de 2 de marzo de 2012 y dada la falta de pruebas en su contra, solicitaron su reincorporación, la que fue desoída.

Posteriormente, se dirigió a la Jefatura Departamental de Trabajo, quien después de cumplido todo el procedimiento conminó a la empresa demandada proceda a su reincorporación, pese a ello la demandada hizo caso omiso a lo ordenado. En tal razón, planteó demanda de reincorporación por inamovilidad funcionaria en la vía judicial, que fue conocida por la Jueza Cuarta de Partido de Trabajo y Seguridad Social, quien rechazó su pretensión con el argumento que la trabajadora debía solicitar reincorporación a través de la vía constitucional; razón por la cual, plantea la presente acción tutelar.