SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0029/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0029/2015-S3

Fecha: 19-Ene-2015

II.3.

II.3. Del memorial presentado el 21 de mayo de 2014, dirigido al Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Riberalta, se tiene que los ahora accionantes en representación del barrio Amazonía, reiteraron y pidieron celeridad a la solicitud de 6 de igual mes y año, en relación a la aprobación de la urbanización del mencionado barrio, debido que en el lapso de quince días de presentada la solicitud no tuvieron una respuesta oficial, indicando que conforme al art. 71.I inc. e) del Reglamento a la Ley de Procedimiento Administrativo -Decreto Supremo (DS) 27113 de 23 de julio de 2003-, el plazo para la emisión informes y dictámenes es de diez días, y que el mismo se encontraría vencido (fs. 24 a 25 vta.).