SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0029/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0029/2015-S3

Fecha: 19-Ene-2015

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

Los accionantes denuncias la vulneración de su derecho a la petición y a obtener una respuesta formal, oportuna y fundamentada, alegando que acudieron ante el Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Riberalta -ahora demandado-, para que viabilice su solicitud de urbanización del barrio Amazonía, para ser adjudicados con los terrenos donde tienen sus viviendas, dicha solicitud la habrían realizado de manera verbal y formal debido a que se encuentran en la posesión de dichos predios; en ese sentido, el 6 de mayo de 2014, solicitaron que la autoridad referida anteriormente, disponga de los técnicos del Municipio para que procedan a la urbanización de señalado barrio, que por medio de la Unidad de Catastro se asignen códigos catastrales a los lotes donde se encuentran asentados y que se precise el procedimiento y condiciones que deben seguir los vecinos del indicado barrio para consolidar su derecho propietario; al no tener respuesta respecto a este requerimiento, el 21 de ese mes y año, lo reiteraron, pidiendo celeridad en su procesamiento, sin obtener respuesta, habiéndose vulnerado de esa manera de su derecho a la petición.