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    AUTO CONSTITUCIONAL 0378/2015-CA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0378/2015-CA

    Fecha: 13-Oct-2015

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    • Jueza Primera de Partido Civil y Comercial de Quillacollo del departamento de Cochabamba
    • I.1. Síntesis de la solicitud de parte
    • I.2. Respuesta a la acción
    • rechazó
    • II.1.  Norma impugnada y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
    • II.2.  Objeto de la acción de inconstitucionalidad concreta
    • ; que la disposición legal que se alega de inconstitucionalidad debe necesariamente ser aplicada a la resolución del caso concreto dentro del proceso judicial o administrativo
    • sólo es posible la admisión y posterior control de constitucionalidad cuando la norma impugnada será aplicada a la decisión final de la causa
    • tienen por objeto declarar la inconstitucionalidad de toda norma jurídica incluida en una Ley, decreto o cualquier género de resolución no judicial que sea contraria a la Constitución Política del Estado
    • la identificación de la disposición legal y las normas impugnadas, así como las normas constitucionales que se consideren infringidas, formulando con claridad los motivos por los que la norma impugnada es contraria a la Constitución Política del Estado
    • II.4. Análisis del caso concreto
    • RATIFICAR

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