AUTO CONSTITUCIONAL 0378/2015-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0378/2015-CA

Fecha: 13-Oct-2015

II.2.  Objeto de la acción de inconstitucionalidad concreta

El art. 73.2 del Código Procesal Constitucional (CPCo), al respecto dispone que: “Acción de Inconstitucionalidad de carácter concreto, que procederá en el marco de un proceso judicial o administrativo cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes, estatutos autonómicos, cartas orgánicas, decretos, ordenanzas y todo género de resoluciones no judiciales”.