CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0984/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0984/2015-S2

Fecha: 08-Oct-2015

a)

El accionante, a través de su abogado en audiencia ratificó y amplió su demanda manifestando: a) Se acogió a procedimiento abreviado y el 15 de enero de 2015, la Jueza Cautelar demandada, emitió sentencia condenatoria en su contra, sin embargo, omitió cumplir con la obligación inexcusable de remitir los antecedentes respectivos ante el Juez de Ejecución Penal, a efecto de que su persona pueda tramitar su libertad acogiéndose a la ley del indulto o a cualquier otro beneficio que le pueda corresponder por ley, y, b) Puede entenderse la dilación por recarga laboral; sin embargo, al haber transcurrido más de dos meses del plazo establecido por la norma procesal, solicita en aplicación de la acción de libertad traslativa o de pronto despacho, que busca acelerar los trámites judiciales ante dilaciones indebidas, se restablezcan las formalidades legales, cumpliéndose con la remisión de la sentencia condenatoria ante el Juzgado de Ejecución Penal y el REJAP.