Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0984/2015-S2
Fecha: 08-Oct-2015
II.4.
II.4. Mediante nota de 2 de abril de 2015, el Juez de garantías de la presente acción tutelar, ordenó a la Jueza Cautelar demandada, que en cumplimiento al Auto de 2 de abril de 2015, remita de forma inmediata el cuaderno procesal relativo al proceso penal seguido contra la ahora accionante, a efecto del a realización de la audiencia de acción de libertad. Por decreto de igual fecha, dicha autoridad, dispuso que por Secretaría se remita en el día lo solicitado (fs. 21 y vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- se debe hacer referencia al habeas corpus traslativo o de pronto despacho, a través del cual lo que se busca es acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad.
- Este tipo de habeas corpus, implícito en el art. 125 de la CPE, emerge directamente del art. 89 de la LTC, que establece que también procede el habeas corpus cuando se aleguen '…otras violaciones que tengan relación con la libertad personal en cualquiera de su formas, y los hechos fueron conexos con el acto motivante del recurso por constituir su causa o finalidad
- Fragmento 14
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR