Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0931/2015-S1
Fecha: 13-Oct-2015
I.1.2. Derechos presuntamente vulnerados
El accionante denunció la vulneración de sus derechos a la tutela judicial efectiva; al debido proceso en sus elementos de la aplicación objetiva e imparcial de las normas jurídicas, de congruencia, de motivación y de fundamentación; a la igualdad de las partes ante la ley; a la "seguridad jurídica"; a la "petición de justicia"; a la "honestidad"; a la "legalidad" y a una justicia transparente; así como a los principios de eficacia, de verdad material y de imparcialidad, a cuyo efecto citó los arts. 13.I; 14.I; 48.I, II y III; 108; 115.II; 119.I; 178; 180 y 410 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- artículos 1289-I, 546, 237 todos del Código de Procedimiento Civil
- I.1.2. Derechos presuntamente vulnerados
- a)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Derecho al debido proceso en su elemento a la fundamentación y a la motivación
- III.2. De la necesaria fundamentación mínima por parte del accionante respecto a la relación de los hechos denunciados y los derechos vulnerados
- III.3.
- CONFIRMAR