SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0945/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0945/2015-S3

Fecha: 06-Oct-2015

1)

Macrovio Wilson Chuquimia Mollo, a través de su abogado, en audiencia, manifestó que: 1) Se adhiere al informe de los Vocales demandados, además, sostuvo que existirían contradicciones en la demanda de acción de amparo constitucional, al señalar, que no existiría otro medio de impugnación en contra de la Resolución SP-TEDO 44/2015 de 18 de marzo; sin embargo, “más adelante” refirió que existirían otros medios de defensa; 2) La presente acción defensa no se encuentra debidamente fundamentada; por cuanto, no se precisó cuál sería la ilegalidad en la que se incurrió, tampoco se fundamentó sobre la omisión indebida ni se explicó en qué consiste la omisión que se hubiese cometido en la citada Resolución; 3) El accionante dejó precluir su derecho de impugnación al no haber interpuesto los recursos de apelación y revisión extraordinaria contra la citada Resolución; 4) Se señaló que las autoridades demandadas, no valoraron de manera correcta la prueba presentada; empero, el Tribunal de garantías no tiene facultad de revalorizar la prueba que corresponde a los jueces de primera y segunda instancia; y, 5) Se impugnó el derecho a la presunción de inocencia, citando sentencias constitucionales en procesos penales, que no corresponden al presente caso.