SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0946/2015- S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0946/2015- S1

Fecha: 13-Oct-2015

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

El accionante a través de su abogado, ratificó los hechos que motivaron la acción presentada. Aclarando dos puntos, refirió que: Por error involuntario se consignó tres de marzo de 2015, como fecha de la vulneración cuando en realidad corresponde al 2 del mismo mes y año. Por otra parte, indicó que respecto a la denuncia que hace de haber sido golpeado en el pecho por Vladimir Herrera Medina, puntualizó que desconoce en realidad la persona que lo agredió. Asimismo, manifestó que se le privó de sus celulares que estaban secuestrados, lo que constituye prueba idónea de que se lo mantuvo incomunicado. Añadió que contrariamente a lo informado por el Fiscal de Materia, se encuentra en el proceso penal en calidad de imputado, lo que permite concluir que está siendo procesado, por lo que acusó de falsa la supuesta inexistencia de ningún cargo de persecución.

Reiteró los hechos que motivaron su acción tutelar, manifestando su inquietud por no habérsele permitido “sacar sus cosas” hasta que se verifique el vehículo con el Fiscal de Materia, el supuesto robo al momento de la requisa personal pues le devolvieron la billetera sin su dinero y la “aparición” de piedras grandes blancas como maní, que no estaban en su motorizado antes del precintado.