SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0958/2015-S3
Fecha: 07-Oct-2015
II.1.
II.1. Por Auto de Vista 79 de 14 de noviembre de 2014, Sigfrido Soleto Gualoa, William Torrez Tordoya y Hugo Juan Iquise Saca, Vocales de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz -ahora demandados- declararon admisible y procedente la apelación restringida presentada por el Fiscal de Materia, Álvaro Infante De La Torre dentro del proceso penal seguido contra Benyor Rodríguez Soruco -hoy accionante- por la presunta comisión del delito de tráfico de sustancias controladas, declarando a este último autor y culpable de dicho delito, condenándolo a diez años de presidio a cumplirse en la cárcel pública de Montero, señalando además que las partes pueden interponer recurso de casación dentro del plazo establecido por el art. 417 del CPP (fs. 337 a 342 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención del Ministerio Público
- concedió
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- a no ser que se constate que a consecuencia de las violaciones al debido proceso invocadas, se colocó al recurrente en absoluto estado de indefensión, lo que no le permitió impugnar los supuestos actos ilegales y que recién tuvo conocimiento del proceso al momento de la persecución o la privación de la libertad.
- III.2. Análisis del caso concreto
- i)
- la notificación con el Auto de Vista
- CONFIRMAR