SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0959/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0959/2015-S2

Fecha: 06-Oct-2015

II.

II.4.           El 9 de octubre de 2013, la Sala Social Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, mediante auto de vista 47/2013 confirmó en parte la Sentencia de 27 de Setiembre de 2012, con la única modificación de mantener firme y subsistente la Resolución 997/2008 de 17 de diciembre de 2008, al haber sido impugnada fuera del plazo de ley, en consideración al art. 17 de la Ley de Organización Judicial (fs. 89 a 91.).

ii.5.           Mediante Auto Supremo de 242/ 2014 de 21 de agosto, emitida la Sala Social Administrativa Segunda del Tribunal Supremo, en atribución contenida en los arts. 184.1 de la Constitución Política del Estado y 42.I. de la Ley 25 del Órgano Judicial declaró infundado el recurso de casación, enterpuesto por el accionante contra el Auto de Vista 47/2013 de 9 de octubre, arguyendo que el Tribunal de apelación realizó correcta aplicación de la Ley y valoración de las pruebas cursantes en obrados de acuerdo al art. 236 del CPC (fs. 96 al 99).