Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0968/2015-S3
Fecha: 12-Oct-2015
I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
Los accionantes consideran lesionados sus derechos a la inamovilidad, estabilidad laboral, salud, seguridad social, protección estatal de la familia, protección de la persona con discapacidad, al trabajo y remuneración justa, citando al efecto los arts. 13.I, 46.I y II, 70. I y 115.I de la Constitución Política del Estado (CPE).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- si el trabajador opta por el pago de sus beneficios sociales (los cobra o consiente en su pago) no es procedente la acción de amparo constitucional, quedándole la vía administrativa conciliadora (art. 105 de la LGT) y en caso de controversia la vía ordinaria judicial laboral,
- 2. Contra actos consentidos libre y expresamente
- REVOCAR