Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0970/2015-S1
Fecha: 19-Oct-2015
II.2.
II.2. Por Resolución Municipal 184/2014 de 15 de octubre, el Concejo del Gobierno Autónomo Municipal de Colcha “K” designo como Asesor Técnico de dicho Concejo a Rodrigo Villca Alvarado, ordenando que el Alcalde Municipal, emita el respectivo memorándum de designación, para su cumplimiento a partir del 20 de octubre de 2014, bajo dependencia directa y exclusiva del Concejo Municipal, y cuya remuneración se ajustara conforme al presupuesto asignado en el Plan Operativo Anual (POA) de dicho ente legislativo (fs. 157 a 158).
- acción de cumplimiento
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Resolución Municipal 184/2014
- solicitud de reconsideración
- a)
- 1)
- i)
- I.2.4. Intervención del Ministerio Publico
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- procederá en caso de incumplimiento de disposiciones constitucionales o de la ley por parte de servidores públicos
- iii) Tiene como objeto -conforme se verá- garantizar el cumplimiento de la Constitución y la ley y, en tal sentido, protege el principio de legalidad y supremacía constitucional y la seguridad jurídica
- en el que se reclama la materialización de un deber -constitucional o legal- omitido, existe en tal sentido una pretensión
- es posible que pueda tutelarse derechos pero no en su dimensión subjetiva sino en su dimensión objetiva, es decir, que la acción de cumplimiento puede otorgar la tutela de un derecho en su dimensión objetiva de manera directa o indirecta, pero la tutela que puede conceder a un derecho en su dimensión subjetiva siempre es indirecta, aspecto que permite diferenciar a la acción de cumplimiento del amparo constitucional por omisión
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR